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DECRETO DE INCENTIVOS VIABILIZA APERTURA DE
RESTAURANTE EN MONTEHIEDRA

13-Oct-2022

(jueves, 13 de octubre de 2022 – San Juan, Puerto Rico) – Como parte de los esfuerzos para
continuar impulsando la creación de empleos y el desarrollo económico en la Ciudad Capital, el
alcalde de San Juan, Miguel A. Romero Lugo, firmó hoy un Decreto de Incentivos Contributivos que
viabilizó la apertura de Josefina Vino y Cocina, un restaurante ubicado en la zona de comercial de
Montehiedra.

El decreto, concedido en virtud de las disposiciones del Código de Desarrollo Económico del Municipio de
San Juan bajo el programa de Emprendimiento Capital, se otorgó por ser un negocio nuevo establecido
dentro de los límites territoriales de San Juan, a la que se le atribuye la creación de por lo menos 38
nuevos empleos, con una expectativa de alcanzar los 55 empleos en cinco años. La operación de este
restaurante requirió una inversión aproximada de $325,000.00 en mejoras a la propiedad, compra de
muebles y equipo, entre otros.


“Nos llena de entusiasmo venir al área comercial de Montehiedra, para firmar otro decreto de
incentivos que no sólo viabilizó la apertura de este restaurante y la creación de 38 empleos, sino que
fortalece y diversifica la oferta gastronómica en esta zona tan concurrida en nuestra Ciudad Capital.
Estamos confiados en que este restaurante continuará creciendo de la mano con la comunidad
residencial y empresarial que los recibe con el mismo optimismo que los acogemos en el Municipio
de San Juan”, manifestó el alcalde de San Juan.

Romero Lugo hizo un recuento de los 13 decretos firmados en lo que va de su administración que
representan una inversión ascendente a $9.61 millones de dólares de capital privado. “Además de
toda la actividad económica indirecta e inducida que propicia toda esta inversión, con este nuevo
decreto ya suman 446 nuevos empleos creados, lo que sin duda tiene un efecto positivo en la
economía y ecosistema empresarial en San Juan”.

El Código de Desarrollo Económico del Municipio de San Juan le confiere la facultad para imponer,
mediante ordenanza, tasas de contribución sobre la propiedad menores a las que generalmente
establece la ley. También dispone que se podrán eximir del pago de impuestos sobre la propiedad,
cuando el tipo de negocio o industria a la que está dedicada la propiedad, o su ubicación geográfica,
así lo amerita.

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